El Senado de la República aprobó reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor que establecen nuevas sanciones para proveedores de servicios de internet cuando incurran en determinados supuestos de responsabilidad por infracciones a obras protegidas. El dictamen fue avalado el 3 de noviembre de 2026 y enviado al Ejecutivo Federal para continuar con el procedimiento constitucional.
La votación fue de 72 votos a favor y 37 en contra en lo general. En la discusión particular, el resultado fue de 70 votos favorables y 37 en contra. El cambio legislativo modifica el artículo 114 Octies y agrega los artículos 114 Nonies y 232 Septies de la Ley Federal del Derecho de Autor.
Multas calculadas con la UMA de 2026
Las sanciones se determinarán con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Para el cálculo se tomó el valor diario vigente en 2026, de 117.31 pesos, establecido por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía para el periodo del 1 de febrero de 2026 al 31 de enero de 2027.
| Supuesto | Rango | Equivalente en pesos |
|---|---|---|
| Infracciones previstas en varias fracciones del artículo 231 | 5,000 a 40,000 UMA | 586,550 a 4,692,400 |
| Infracción de la fracción VI | 1,000 a 5,000 UMA | 117,310 a 586,550 |
| Otros casos de la fracción X | 500 a 1,000 UMA | 58,655 a 117,310 |
| Persistencia de la infracción | 100 a 500 UMA adicionales | 11,731 a 58,655 adicionales |
La discusión pública se concentró en el posible efecto de la reforma sobre memes, parodias y publicaciones digitales. Sin embargo, de acuerdo con el comunicado del Senado y el registro del Sistema de Información Legislativa de la Secretaría de Gobernación, las multas señaladas corresponden a los proveedores de internet en los supuestos previstos por la reforma y no se aplican automáticamente a los usuarios por compartir ese tipo de contenidos.
“En plena consonancia con los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte”.
La frase fue pronunciada durante el debate por Emmanuel Reyes Carmona, presidente de la Comisión de Economía, quien sostuvo que los cambios buscan armonizar la legislación mexicana con compromisos internacionales, entre ellos el Convenio de Berna, el acuerdo sobre propiedad intelectual relacionado con el comercio y el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
Debate sobre responsabilidad de las plataformas
Reyes Carmona afirmó que la reforma atiende obligaciones previstas en el artículo 20.88 del T-MEC, relacionadas con recursos legales para los titulares de derechos y límites a la responsabilidad de los proveedores de internet. También señaló que México y Estados Unidos acordaron en marzo reforzar la coordinación en materia de propiedad intelectual antes de la revisión del tratado.
Durante la sesión, Manuel Añorve, coordinador de los senadores del PRI, anunció el voto de su bancada en contra. Su argumento fue que las nuevas obligaciones podrían incentivar a los proveedores a retirar contenidos, restringir servicios o actuar preventivamente ante publicaciones ciudadanas. Tras la aprobación en el Senado, el decreto debe ser publicado en el Diario Oficial de la Federación y cumplir el proceso correspondiente antes de su entrada en vigor.
- 72 senadores votaron a favor en lo general.
- La sanción máxima prevista alcanza 4 millones 692 mil 400 pesos.
- El decreto fue remitido al Ejecutivo Federal y todavía no entra en vigor.